Organigrama
Decreto 167/2015, de 16 de septiembre, BOPA 24/09/2015 por el que se establece la estructura orgánica del Servicio de Salud del Principado de Asturias.
Artículo 14. Unidad de Gestión de Atención a Urgencias y Médicas
A la Unidad de Gestión de Atención a Urgencias y Médicas le corresponde la formulación de programas y objetivos asistenciales en relación con todos los dispositivos que prestan la atención sanitaria urgente, incluido el transporte sanitario, así como su coordinación, evaluación y control. Transporte sanitario programado. Así como la gestión de los recursos humanos y económicos destinados a dicha Unidad, sin perjuicio de las competencias que correspondan al resto de los órganos del Servicio de Salud del Principado de Asturias.